La Resolución 40595 del 12 de julio de 2022 expedida por el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) establece la metodología oficial para el diseño, implementación y verificación del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV). Estructura el plan en 4 fases del ciclo PHVA y hasta 24 pasos obligatorios según el nivel de diseño asignado (Básico: 11 pasos; Estándar: 20 pasos; Avanzado: 24 pasos). Eliminó el aval o radicación previa ante secretarías de tránsito y dispuso la verificación mediante auditorías in situ de la Superintendencia de Transporte, con multas de hasta 700 SMLMV bajo la Ley 2251 de 2022 (Ley Julián Esteban).
1. El Fin del Aval en Papel y el Inicio de las Auditorías In Situ
Uno de los mayores cambios normativos del sector transporte en Colombia fue la eliminación de la radicación documental previa ante las entidades de tránsito o la SuperTransporte.
Bajo el marco de la Ley 2050 de 2020 y la Resolución 40595 de 2022, ninguna autoridad emite un "certificado de aprobación del PESV". La vigencia y validez del plan se constatan directamente en la operación mediante visitas sorpresivas de inspección. En estas visitas, los inspectores solicitan en tiempo real:
- Las inspecciones preoperacionales diarias de las últimas semanas (incluyendo motocicletas y vehículos propios o tercerizados).
- La matriz de hojas de vida de conductores con estado de licencias de conducción en el RUNT y comparendos SIMIT.
- El registro de capacitaciones viales evaluadas y control de horas máximas de conducción y descanso.
2. Niveles de Diseño del PESV: Básico, Estándar y Avanzado
La metodología de la ANSV divide las obligaciones según la naturaleza de la organización y el tamaño de sus recursos motrices:
| Nivel de Diseño | Pasos Obligatorios | Organizaciones Misionales de Transporte | Organizaciones No de Transporte |
|---|---|---|---|
| Básico | 11 pasos (Fase I y II básicas) | Entre 11 y 19 vehículos, o entre 2 y 19 conductores. | Entre 11 y 49 vehículos, o entre 2 y 49 conductores. |
| Estándar | 20 pasos (Incluye Fase III y mediciones) | Entre 20 y 50 vehículos, o entre 20 y 50 conductores. | Entre 50 y 100 vehículos, o entre 50 y 100 conductores. |
| Avanzado | 24 pasos (Ciclo PHVA integral completo) | Más de 50 vehículos, o más de 50 conductores. | Más de 100 vehículos, o más de 100 conductores. |
3. El Cuello de Botella Operativo: El Paso 13 (Inspección Preoperacional Diaria)
El Paso 13 de la Resolución 40595 es el punto que genera mayor cantidad de no conformidades y sanciones en Colombia. La norma exige que antes de encender el motor y salir a la vía, cada conductor debe realizar una inspección de seguridad del automotor.
Llevar este control en papel presenta fallas críticas:
- Falsedad en registros: Conductores que llenan los formatos de 5 días por anticipado en un solo minuto.
- Desconexión con el taller mecánico: Si una llanta presenta desgaste excesivo o una luz de freno falla, la hoja física se archiva en una carpeta y el vehículo continúa circulando en riesgo inminente de siniestro.
- Pérdida de trazabilidad legal: En un accidente de tránsito con lesionados o víctimas mortales, la Fiscalía incauta los registros preoperacionales; carecer de un registro fidedigno con fecha y hora inalterable configura dolo eventual o culpa grave.
Mediante PESV Evidence & Ops, cada conductor realiza la inspección preoperacional en 2 minutos desde su teléfono móvil escaneando el código QR adherido al panorámico, capturando el kilometraje real, fotos del estado de llantas y disparando alertas mecánicas automáticas inmediatas al jefe de mantenimiento si el vehículo no es apto para operar.
4. Régimen Sancionatorio de la Superintendencia de Transporte
Con la entrada en vigencia de la Ley 2251 de 2022 (Ley Julián Esteban) y el régimen de la Ley 336 de 1996, las consecuencias por omisión o falsedad en el PESV son severas:
- Multas de 1 a 700 SMLMV: Equivalentes en 2026 a sanciones de hasta $996.625.000 COP impuestas por la Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte Terrestre de la SuperTransporte.
- Sanciones articuladas del Ministerio del Trabajo: Multas adicionales de hasta 500 SMLMV (Ley 1610 de 2013) por vulneración al Decreto 1072 de 2015, dado que el PESV se articula jurídicamente con el SG-SST de la empresa.
- Inmovilización de flota y cancelación de habilitaciones: Orden administrativa de suspensión de vehículos y clausura de operaciones comerciales de transporte.
¿Cuál es el nivel obligatorio de PESV que aplica a tu empresa?
Calcula en segundos si tu compañía debe implementar el nivel Básico (11 pasos), Estándar (20 pasos) o Avanzado (24 pasos) y descarga la matriz oficial de cumplimiento en Excel.
5. Preguntas Frecuentes sobre la Resolución 40595 de 2022 (FAQ)
¿Se debe radicar el PESV ante la Superintendencia de Transporte o Tránsito para recibir aval?
No. La Ley 2050 de 2020 y el Decreto Ley 2106 de 2019 eliminaron el trámite de radicación y emisión de aval formal. Actualmente, el cumplimiento se audita directamente en visitas de inspección in situ de la SuperTransporte y MinTrabajo.
¿Cómo se clasifican las organizaciones según los niveles del PESV?
Se clasifican en Básico (11 pasos), Estándar (20 pasos) y Avanzado (24 pasos), dependiendo de si su actividad es misional de transporte o no, del tamaño de la flota y del número de conductores.
¿Qué exige el Paso 13 de la Resolución 40595 sobre la inspección preoperacional diaria?
Exige inspeccionar diariamente el estado mecánico y de seguridad de todo vehículo y motocicleta antes de iniciar la jornada de trabajo, con registro de odómetro, frenos, dirección, luces y reporte inmediato de fallas críticas.
¿Cuáles son las sanciones de la Superintendencia de Transporte por incumplimiento del PESV?
Las sanciones alcanzan hasta los 700 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) con base en la Ley 336 de 1996 y la Ley 2251 de 2022, sin perjuicio de la inmovilización de vehículos.
¿Aplica el PESV a empresas que no prestan servicio de transporte público?
Sí. Aplica obligatoriamente a toda entidad u organización que administre, fabrique, comercialice o utilice 10 o más unidades de vehículos automotores o no automotores, o administre personal de conductores.